En el protocolo del Cónsul

  1. Para personas jurídicas:

 Para solicitar un poder, la empresa debe proporcionar los siguientes documentos:

  • Enviar previamente un borrador del poder escrito en formato de Word por el abogado en Costa Rica, especificando el contenido del poder, inclusive las calidades de las partes, nombres completos, estado civil, profesion u oficio, domicilio exacto, al correo electrónico del Consulado de su jurisdicción. Tome en consideración que los consulados honorarios no realizan ese tipo de tramite.
  • Certificación de personería jurídica.
  • Pasaporte vigente de la persona que va a firmar el poder.
  • Una certificación notarial que indique que:

La persona que va a firmar el poder esta autorizada en su condición de (Presidente, vicepresidente, secretario, etc.) de la entidad (nombre de la empresa), una empresa organizada y existente según las leyes del (Estado), USA.

Que la entidad (nombre de la empresa), una empresa constituida y existente según las leyes del (Estado), USA,  domiciliada en ______ esta debidamente organizada, con representación legal existente y el propósito para el cual el poder es otorgado esta dentro de los alcances de los propósitos de la empresa.

Que la persona que firma tiene la autoridad y representación legal para hacerlo.

La certificación notarial deberá seguir el proceso de autenticación.

  • Una fotocopia del documento de identidad de la persona que recibe el mandato en Costa Rica (Si es un costarricense, presentar fotocopia de la cédula de identidad.
  • Una vez que tenga esos documentos, favor contactar el consulado de su jurisdicción para programar una cita.

Duración del tramite: Puede durar alrededor de una hora.

Una vez emitido el poder, este debe ser llevado al Ministerio de Relaciones Exteriores en Costa Rica para legalizar la firma del Cónsul, y dependiendo del tipo de poder, se deberá llevar posteriormente al Registro Nacional para su inscripción.

 

2.  Para personas físicas:

 

Para solicitar un poder, la persona que lo otorga debe presentar en el consulado respectivo los siguientes documentos:

  • Enviar previamente un borrador del poder escrito en formato de Word por el abogado en Costa Rica, especificando el contenido del poder, inclusive las calidades de las partes, nombres completos, estado civil, profesion u oficio, domicilio exacto, al correo electrónico del Consulado de su jurisdicción. Tome en consideración que los Consulados Honorarios no realizan este tipo de trámite.
  • Cuando el poder se encuentre listo para la firma del interesado, el Consulado de su jurisdicción le otorgará una cita y la persona quien otorgará el poder deberá presentarse con los siguientes documentos:

1. Si usted es costarricense, debe presentar el original y una fotocopia de su cédula de identidad. Si es extranjero, debe presentar original y una copia de su pasaporte vigente.

2. Una copia del documento de identidad de la persona que recibe el mandato en Costa Rica (Si es costarricense, debe presentar una fotocopia de la cédula de identidad). 

  • Una vez en el Consulado, deberá indicarnos sus calidades personales, así como las de quien recibe el poder: nombre completo, número de cédula, profesión u oficio, estado civil (si es casada o divorciada, indicar cuantas veces) y dirección exacta.
  • Si el poder es para autorizar la venta de una propiedad, debe también presentar original y copia del título de propiedad.

Duración del trámite: Puede durar alrededor de una hora.

Una vez emitido el poder, el mismo debe ser llevado al Ministerio de Relaciones Exteriores en Costa Rica para autenticar la firma del cónsul y dependiendo del tipo de poder, se deberá llevar posteriormente al Registro Nacional.